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En México ya
existen reglamentos e incentivos fiscales para el uso de fuentes alternas de
energía y edificaciones ecológicas que eviten el deterioro ambiental.
En la Cuidad
de México por ejemplo, las empresas reconocidas por la Secretaria del Medio
Ambiente, que usen tecnologías que eviten la contaminación en al menos un
30% usando fuentes alternas (sol-viento), o que reciclen al menos el 30% de
sus desechos, son beneficiadas por el Código financiero del DF reduciéndoles
un 50% de impuesto predial o sobre nómina.
La reforma
Fiscal del 205 otorga deducciones hasta del 100% del ISR.
REFORMAS
FISCALES MEXICO 1995.Artículo 32 fracción XXVI LISR
Impulso al
uso de energía proveniente de fuentes renovables
Los
contribuyentes del ISR que inviertan en maquinaria y equipo para la
generación de energía proveniente de fuentes renovables, podrán deducir 100%
de la inversión en un solo ejercicio y con ello favorecer la protección del
medio ambiente al disminuir el uso de combustibles fósiles.
Para
comprender el alcance de “fuente renovable”, se incluye la descripción de
éstas, como: aquéllas que por su naturaleza o mediante un aprovechamiento
adecuado se consideran inagotables, tales como la energía solar en todas sus
formas; la energía eólica; la energía hidráulica tanto cinética como
potencial, de cualquier cuerpo de agua natural o artificial; la energía de
los océanos en sus distintas formas; la energía geotérmica, y la energía
proveniente de la biomasa o de los residuos.
Asimismo,
se considera generación la conversión sucesiva de la energía de las fuentes
renovables en otras formas de energía.Con el fin de que estas inversiones no
se hagan con el único fin de reducir la base gravable del impuesto, se
contempla como obligación el que la maquinaria y equipo que se adquiera se
mantenga en operación durante un periodo mínimo de cinco años al ejercicio
que se deduzca.
AUTORIZA LA SECRETARIA DE ENERGIA DE MEXICO, LA
GENERACION SOLAR DE ELECTRICIDAD RESIDENCIAL Y GENERAL PARA AUTOCONSUMO
HASTA 10 KILOWATTS
MEXICO, D.F. 6 de marzo 2007.- El Gobierno federal autorizara la generación
de energía solar en pequeña escala, por lo que tiene listo el formato de
contrato de interconexión que deberán firmar las personas interesadas.
La Secretaria de Energía (Sener) :envió el pasado
viernes a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) el modelo de
contrato respectivo, como paso previo para su publicación en el Diario
Oficial.
Las personas físicas y morales podrán generar hasta 10 kilowatts en uso
residencial y hasta 30 kilowatts en uso general de baja tensión, y deberán
firmar el convenio respectivo con la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
La interconexión con el Sistema Eléctrico Nacional será
necesaria para que la CFE aproveche la energía que pudiera sobrarle al
generador, al tiempo que este seguirá requiriendo del servicio normal cuando
no salga el sol.
"No había existido el interés por generadores privados
en pequeña escala de generar su propia energía eléctrica a través de la
energía solar, por tal motivo, no había existido la necesidad de crear
instrumentos de regulación aplicable a este tipo de proyectos", explico la
Comisión Reguladora de Energía (CFE).
El contrato tiene 16 cláusulas. Se colocara un medidor
que permitirá descontar la energía solar al cobro por electricidad
suministrada por CFE, y esta contemplada la posibilidad de que el particular
obtenga un saldo a favor, que la empresa paraestatal deberá compensarle.
"Será a cargo del generador (o sea, del particular)
cualquier modificación que sea necesario realizar a las instalaciones
existentes para lograr la interconexión, mismas que, en su caso, realizara
bajo la supervisión del suministrador y previa autorización de este", dice
el contrato.
Los contratos serán por tiempo indefinido.
La Compañía de Luz y Fuerza del Centro (CLyFC), que
distribuye energía tanto en el Distrito Federal como en la zona conurbana,
ya acepto los términos de dichos convenios, según informo Secretaria de
Energía a la Cfemer.
Si bien la Constitución señala que solo el Estado puede
generar energía eléctrica, las reformas de 1992 ala Ley del Servicio Publico
de Energía Eléctrica abrieron la posibilidad de otorgar permisos para
autoconsumo.
Desde entonces la Comisión Reguladora de Energía ha
otorgado decenas de autorizaciones, pero han sido para empresas capaces de
instalar sus propias plantas, que además pueden vender ciertos sobrantes a
la CFE para su uso en el Sistema Eléctrico Nacional.
En los casos de autoconsumo menor a cinco megawatts, el
reglamento de la ley mencionada señala que no se requiere permiso de la CRE,
por lo que bastara con firmar el contrato con CFE o Luz y Fuerza.
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